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sábado, 8 de mayo de 2021

ESQUIVA LA MUERTE. ABRÓCHATE SIEMPRE EL CINTURÓN DE SEGURIDAD

    Se considera una infracción grave no llevar puesto el cinturón de seguridad en el vehículo en marcha según el artículo tantos del Real Decreto Legislativo cuantos. En las Españas nuestras su uso es obligatorio desde 1974 en carretera, y desde 1992 también en zonas urbanas. 
 
    El argumento que esgrimen las autoridades para imponer su uso es que reduce en un cincuenta por ciento la probabilidad de morir en la carretera de resultas de un accidente de tráfico, es decir, “salva vidas”, y en un setenta y cinco por ciento el riesgo de sufrir lesiones graves, por lo que se considera un elemento de seguridad imprescindible, cuando lo más seguro sería prescindir del vehículo rodado sin más, ese utilitario que nos utiliza a nosotros convirtiendo a los conductores en chóferes y que, como el caballo de Atila, arrasa por donde pasa y no deja que crezca la hierba. 
 
 
 
    Un anuncio publicitario reza lo siguiente con lenguaje inclusivo políticamente correcto pero incorrecto gramaticalmente: El cinturón de seguridad, salva vidas. Úsalo y exige su uso. Prevenir es tarea de todas y todos. Las autoridades correspondientes no nos advierten de que no conducir un vehículo también salva vidas porque uno no se expone ni expone a los demás a los accidentes de tráfico. Uno puede conducir con el cinturón de seguridad debidamente abrochado y atropellar a un peatón y matarlo. No cabe duda de que si se prohíbe el tráfico rodado se reducen drásticamente los accidentes en la carretera.

    Hay quienes nunca van a intentar salir de los límites perimetrales que les imponen. Hay quienes no se cuestionan nunca las consignas de las Autoridades Sanitarias, y otros que, cuestionándolas, las cumplen a rajatabla para no ser señalados con el dedo por la calle y por no sufrir el reproche de sus conciudadanos.


     Hay quienes ante un anuncio como este que presentamos aquí de Obligatorio el uso de cinturón de seguridad ahora también en el exterior de los vehículos, sonreirían y la risa vendría a rebelarse con el sentido del humor contra la seriedad reinante y lo absurdo de la medida. Pero hay, seguramente, también más de uno que se apresuraría sin duda a ponérselo por la calle como ciudadano ejemplar de irreprochable conducta cívica y solidaria, como han hecho con las mascarillas, no vaya a ser multado por la Dirección General de Tráfico, con una sanción económica aparejada de pérdida de puntos.

    Si uno paga la multa lo antes posible, demostrando así que está de acuerdo con la sanción que se le ha impuesto, se beneficia de una reducción de la mitad de su cuantía, pero si no está de acuerdo puede recurrirla. De este último modo pierde el derecho a la reducción del cincuenta por ciento en el caso de no ser estimado su recurso. Recordemos que, tal y como establece la actual Ley de Tráfico, la multa por no usar de forma adecuada el cinturón de seguridad asciende a doscientos euros y conlleva la pérdida de tres puntos del carnet de conducir.

    A fin de cuentas: es por nuestra seguridad, por nuestro bien, por nuestra salud. El Estado vela por nosotros.